Autor:
Manuel Fernández de Sevilla, militante del Partit Carlista del País
Valencià
Propuesta de ponencia sobre la Monarquía Carlista a presentar en el próximo Congreso del Partido Carlista, como miembro y militante del mismo.
El Partido Carlista, históricamente siempre fue encabezado nominalmente por sus Reyes Legítimos. Ello sirvió para agrupar en torno al carlismo y al partido a los diferentes estamentos populares expropiados y empobrecidos por el establecimiento de la propiedad privada, el centralismo y el capitalismo oligárquico burgués.
El Partido Carlista, históricamente siempre fue encabezado nominalmente por sus Reyes Legítimos. Ello sirvió para agrupar en torno al carlismo y al partido a los diferentes estamentos populares expropiados y empobrecidos por el establecimiento de la propiedad privada, el centralismo y el capitalismo oligárquico burgués.
A
sus cerca de 182 años, el carlismo ha tenido un referente
dinástico y monárquico en la rama principal de los Borbones y
posteriormente en la rama Borbón Parma, exactamente en don Carlos
Hugo de Borbón Parma, y ahora en don Carlos Javier de Borbón Parma.
Durante
los años 60 y 70 del siglo XX, el carlismo a través del Partido
Carlista ha podido expresar su lucha por los principios: Socialismo,
Confederalismo, Autodeterminación y Autogestión, expresando así
las libertades Forales colectivas y comunales de las Naciones
Ibéricas, pero siempre en torno a la cohesión dinástica, y
a la unidad confederal que significaba la Monarquía
Carlista:
LA
MONARQUÍA SERÁ SOCIALISTA Y CONFEDERAL. SI NO, NO HABRÁ MONARQUÍA
"La Monarquía, tal como el Carlismo la concibe, es el
instrumento al servicio de la Sociedad que puede mantener la unidad
confederal dentro de la enorme diversidad y pluralidad de los
pueblos. La Monarquía tiene que ser socialista y confederal, porque
de esta manera representará, por un lado la garantía de la
continuidad revolucionaria, y por otro, actuará de arbitro
equilibrador de las distintas fuerzas que libremente mantienen la
confederación. Son los Pueblos los que mediante Pacto buscan ese
arbitraje superior que recae en el Rey. El papel del Rey nace del
pacto, pacto que se está renovando por la actividad y la
participación constante de las partes. Las prerrogativas del Rey son
prerrogativas pactadas y que le obligan para ser el Rey de las
Republicas Socialistas Confederadas." Montejurra 1975
Planteo
la Monarquía Carlista como institución Jurídica, no como
una institución política, porque las instituciones políticas son
elegidas y representadas por los ciudadanos en los ámbitos de los
poderes ejecutivo (parlamento), y legislativo (asambleas
ciudadanas,... a los distintos niveles aplicando el principio de
autogestión subsidiaria; sino como ente representante del Poder
Judicial, el cual no puede ser elegido por los ciudadanos, ni por los
políticos, porque ello vulneraría la separación de poderes.
Quedando de la siguiente manera:
Separación
de poderes:
-Legislativo,
para el Pueblo, representado en las asambleas locales, comarcales,
juntas vecinales y municipales bajo el “árbol local”.
- 1) Cámara Política o Parlamento ==> Partidos Políticos.
- 2) Cámara Gremial ==> Sindicatos y Patronal.
- 3)Cámara Territorial ==> Representantes de las Naciones Ibéricas.
-Ejecutivo,
para las Cortes, representadas por tres cámaras:
-Judicial,
para la Corona, representada por la Alta Corte de Justicia, donde el
Rey ejerce de Defensor del Pueblo. El monarca es un “primus
inter pares”, no nombra a los jueces, es responsable
de sus actos, juzga en última instancia, de manera subsidiaria y
colegiada, de manera que no tiene la última palabra.
Los
jueces no son elegidos ni por los políticos, ni por el
pueblo a través de elecciones, porque ello politizaría la
justicia, sino que se eligen entre ellos, favoreciendo un cuerpo
judicial íntegro, representado por la Corona.
El
pueblo, a través de una iniciativa parlamentaria con un
determinado número de firmas, podría proponer la deposición de un
juez, incluso la del mismo Rey. Cada cuatro años, la monarquía
sería puesta en tela de juicio acudiendo a un referéndum que la
validara o no para continuar su ejercicio y representación de la
Judicatura.
Las
Funciones y Competencias de la Corona encarnada en el Rey:
- Defensor del Pueblo.
- Alto Magistrado de la Alta Corte de Justicia.
- Alto Magistrado y Jefe de los Estados Políticos Territoriales Independientes confederados en la institución monárquica, bajo la fórmula que señalaba don Carlos VII: “yo quiero ser el Rey de las Repúblicas Ibéricas”.
- “Primus inter pares”, juzga en última instancia, de forma colegiada y subsidiaria en la Alta Corte de Justicia; no tiene la última palabra.
- Es responsable de sus actos, puede ser juzgado. No nombra a los jueces. Él es un juez más.
- Escucha, arbitra y modera.
- Es el Jefe de los Ejércitos de las distintas Repúblicas Ibéricas.
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